Normas Legales

Resolución N° 000017-2023-SUNAT/700000

Resolución N° 000017-2023-SUNAT/700000

Prorrogan la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones dispuesta en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000052-2022-SUNAT/700000

En atención a los cambios y modificaciones introducidas al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) en relación a la emisión de las Guías de Remisión Electrónica (GRE), resultó necesario que se establezca un plazo de adaptación para los contribuyentes a fin de que cumplan con las obligaciones establecidas en la normativa aplicable. Por tal motivo, se emitió la Resolución N° 000052-2022-SUNAT/700000 de diciembre de 2022, a través de la cual se aprobó la facultad discrecional de SUNAT para no sancionar las infracciones previstas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario relativos al uso de Guías de Remisión Electrónica cometidas hasta el 30 de junio de 2023.

Ahora bien, teniendo en cuanta que aún existen contribuyentes que se encuentran en proceso de adecuación a la normativa, se dispuso la aprobación de la Resolución N° 0000017-2023-SUNAT/700000 extendiendo el plazo establecido en la Resolución N° 000052-2022-SUNAT/700000, hasta el 31 de diciembre de 2023, en el cual la SUNAT no podrá sancionar las infracciones previstas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario relativos al uso de Guías de Remisión Electrónica.

Publicado: 23 de junio 2023
Resolución N° 000020-2023-SUNAT/700000

Resolución N° 000020-2023-SUNAT/700000

Aplican la facultad discrecional de no sancionar la infracción tipificada en el numeral 9 del artículo 173 del Código Tributario

Mediante la presente norma se aprueba la facultad discrecional de no sancionar la infracción tipificada en el numeral 9 del artículo 173 del Código Tributario, en la que incurran los contribuyentes en el periodo comprendido entre el 01 de julio del 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Publicado: 28 de junio de 2023
Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 141-2023-OS/CD

Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 141-2023-OS/CD

Mediante la presente norma se dispone la modificación de los artículos 7, 8, 10 y 11 del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica de Osinergmin aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 003-2021-OS/CD, y se agregó lo siguiente:

• Osinergmin enviará alertas al correo electrónico y/o teléfono proporcionado por el usuario SNE.
• En caso el Usuario del SNE no accede al mensaje depositado en su casilla electrónica en un plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación electrónica surte efectos legales a partir del día hábil siguiente al vencimiento de este plazo.
• Se dispone que la Constancia de Acuse de Recibo es el documento que en calidad de respuesta autogenera el SNE de forma inmediata cuando el Usuario del SNE accede al mensaje depositado en la casilla electrónica, lo que constituye la confirmación de su recepción.
• El Cargo de Notificación Electrónica es el documento que en calidad de respuesta inmediata
• autogenera el SNE por el depósito de un mensaje en la casilla electrónica asignada al Usuario del SNE. El Cargo de Notificación Electrónica contiene como mínimo lo siguiente: número del expediente administrativo, identificación del Usuario SNE, órgano que emite la notificación, el asunto, el mensaje, los documentos a notificar, la indicación del correo electrónico y/o número telefónico al que se remite la alerta informativa

Publicado: 04 de agosto del 2023
Resolución del Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 142-2023-OS/CD

Resolución del Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 142-2023-OS/CD

Resolución de Consejo Directivo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 054-2016-OS/CD.

Mediante la presente norma se modifica la Resolución de Consejo Directivo N° 054-2016-OS/CD que aprueba las “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”, siendo las modificaciones las siguientes:

1. Se incorporó el Anexo N° 2 a las Condiciones Generales; el cual contiene las Cláusulas Generales del Contrato de Suministro de Gas Natural para los Consumidores Regulados (“Cláusulas Generales”), que deberán aplicarse a los contratos de suministro que sean suscritos a partir del 12 de agosto de 2023.
2. Se dispuso la obligación del Concesionario de publicar las Cláusulas Generales en su página web.
3. Se modificó el artículo 23 de las Condiciones Generales, a fin de precisar que, previo al inicio de la prestación del servicio de distribución, el Consumidor Regulado debe suscribir por adhesión un Contrato de Suministro con el Concesionario, conforme a lo indicado en el Anexo N° 2 antes mencionado.
4. Se modificó el artículo 33 de las Condiciones Generales, referido al periodo y plazo de facturación, precisando lo siguiente:
– Excepcionalmente, para la primera facturación de un nuevo suministro, podrá aplicarse un periodo de facturación no mayor a cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la fecha de habilitación del servicio.
– Cuando sea imposible realizar una adecuada medición del consumo, el Concesionario podrá realizar hasta tres (3) estimaciones durante un año calendario, usando el promedio de las seis (6) últimas lecturas o la diferencia de lecturas del número máximo de meses de consumo con el que se cuente, debiendo indicar en el recibo el número de estimaciones efectuadas en el año.

• La mencionada modificación es efectuada debido a que, a través del Decreto Supremo N° 008-2021-EM, se modificaron diversas disposiciones del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM referidas, entre otras, al contrato de suministro, períodos de facturación y estimaciones, las cuales se encuentran reguladas en la Norma de Condiciones Tarifarias.

Cabe indicar que las Cláusulas Generales del Contrato de Suministro de Gas Natural para Consumidores Regulados aprobados mediante la presente resolución son aplicables para los contratos de suministros que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Publicado: 11 de agosto del 2023
INFORME N° 005-2023-AGESP

INFORME N° 005-2023-AGESP

Implicancias y alcances de la Ley N° 31914 “Ley que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento para regular los supuestos de Clausura de Establecimientos»

Publicado: 3 de noviembre del 2023
Resolución Ministerial Nº 468-2023-MINEM/DM

Resolución Ministerial Nº 468-2023-MINEM/DM

Disponen la prepublicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece nuevo plazo para presentación del Plan Ambiental Detallado aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2018-EM, en el desarrollo de actividades de hidrocarburos”

Publicado: 21 de noviembre del 2023
Resolución del Consejo Directivo N° 00007-2024-OEFA/CD

Resolución del Consejo Directivo N° 00007-2024-OEFA/CD

Disponen la publicación de proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento para la Identificación de Pasivos Ambientales en el Subsector Hidrocarburos a cargo del OEFA” y la “Metodología para la estimación del nivel de riesgo de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos”

Publicado: 2 de julio del 2024